15 de Febrero de 2024
Fondo Nacional de la Reconstrucción: Donaciones en dinero, en especies y/o ejecución de obras
El Gobierno implemento el Fondo Nacional de la Reconstrucción para ir en ayuda de los damnificados por los incendios en la región de Valparaíso. Las donaciones pueden corresponder a donaciones en dinero o en especies, destinarse a una obra específica de carácter público o privado, o directamente al propio al fondo.
Adicionalmente, se puede donar el monto de una obra en particular junto a la ejecución de la misma, sin necesariamente transferir los recursos al Fondo de Reconstrucción, pero obteniendo los beneficios tributarios por la donación realizada.
Pueden donar personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, contribuyentes de impuesto de primera categoría, impuesto global complementario, impuesto único de segunda categoría, impuesto adicional y contribuyentes afectos al impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones.
- Las donaciones en dinero pueden ser realizadas en moneda nacional o extranjera y son concretadas en Tesorería General de la República mediante un formulario, ya sea en sus oficinas, a través de su red de bancos y agencias autorizadas, o de forma electrónica vía web.
- Para las donaciones en especies, completar uno de los formularios que se especifican más abajo, identificando la donación y señalando su valor. Luego enviar a donaciones@hacienda.gov.cl. El Ministerio de Hacienda contactará al donante para comunicarle a quién debe entregar la donación y la registrará en el fondo.
- Para la donación conjunta de recursos y ejecución de obras, se debe contactar directamente a donaciones@hacienda.gov.cl indicando la obra del catálogo de proyectos que desea ejecutar y financiar en forma directa. En caso de desear ejecutar una obra que no está en el catálogo debe ingresar el proyecto y posteriormente indicar el interés en donar ejecución de obra por esta misma vía.
Para informarse mejor sobre cómo opera esta ley, consulte las preguntas frecuentes. Si sus dudas persisten, contáctenos vía correo electrónico a donaciones@hacienda.gov.cl.
Volver